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El Tribunal de Cuentas Europeo ha auditado el sistema de la Unión Europea (UE) para luchar contra la contaminación atmosférica, un modelo que se basa en una directiva de 2008. Y concluyó que los ciudadanos no tienen suficientemente protegida su salud.
Una de las razones que destacaron los auditores es la falta de eficacia de los procedimientos de infracción que abre la Comisión Europea a los Estados miembros, que se eternizan y necesitan años para llegar a una sanción. De hecho, aún no se ha multado a ningún Estado por la mala calidad del aire pese a que los incumplimientos son generalizados.
Veinte de los 28 socios de la UE tienen procedimientos de infracción abiertos ahora por Bruselas (Bélgica). Entre los Estados incumplidores figuran las grandes economías europeas, es decir, Alemania, Francia, Reino Unido, Italia y España.
“Los Estados que incumplen son la mayoría”, explicó Miguel Ángel Ceballos, de Ecologistas en Acción. “Y están los grandes países. Por eso no se aplica con la misma rotundidad esta directiva del aire que otras”, opinó.
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El informe del Tribunal de Cuentas repasó el sistema de control de la contaminación. Y recuerda que este problema “cada año causa alrededor de 400,000 muertes prematuras en la UE y genera cientos de miles de millones de euros en costes externos relacionados con la salud”. Se concluyó que, “pese a haber mejorado la calidad del aire, la mayoría de los Estados miembros no cumplen todavía las normas de la UE al respecto ni han adoptado suficientes medidas”.
“A pesar de que la Comisión interpone acciones legales contra numerosos Estados miembros y logra sentencias favorables”, los países “suelen seguir incumpliendo los límites establecidos sobre la calidad del aire”, lamentaron los auditores.
El informe analizó los procedimientos de infracción que pone en marcha la Comisión contra los Estados miembros:
“En enero de 2018, la Comisión tenía 16 procedimientos de infracción abiertos por motivo de la contaminación por partículas PM10, 13 por NO2, uno por SO2 y otros dos procedimientos de infracción relacionados con el control de la contaminación atmosférica”.
En total, 32 expedientes. España tiene abiertos dos, uno por los problemas de Madrid y Barcelona con las partículas PM10, y otro por NO2 en varias zonas del país.
Los procedimientos de incumplimiento son muy lentos. Primero se entra en una fase no judicial, en la que la Comisión conmina a los países a cumplir con las normas de calidad de aire. Si los incumplimientos no se subsanan, Bruselas lleva a los Estados ante el Tribunal de Justicia de la UE. Pero en el informe se resaltó que solo en dos ocasiones se han ganado casos contra los incumplidores.
Las sentencias son contra Bulgaria y Polonia, y datan de abril de 2017 la primera y febrero de 2018 la segunda.
“Transcurrieron entre seis y ocho años hasta que la Comisión remitió al Tribunal de Justicia de la UE estos asuntos”, señaló el informe. Además, ninguno de estos dos fallos acarrean multas.
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La primera sentencia en este tipo de casos solo decreta el incumplimiento. Si persiste, la Comisión vuelve a llevar al país ante la justicia ya con una petición de sanción. Los auditores concluyeron que “el largo procedimiento de aplicación de medidas coercitivas no ha garantizado todavía el cumplimiento de la directiva”.
En su descargo, la Comisión afirmó —en una respuesta incluida en el informe— que en mayo demandó a tres Estados (Alemania, Francia y Reino Unido) por las superaciones de NO2 y a otros tantos (Italia, Hungría y Rumanía) por las partículas PM10.
Este texto apareció originalmente en el diario El País, puedes encontrar el original aquí.
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