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El Consejo y el Parlamento europeos alcanzaron un acuerdo para establecer por ley una UE climáticamente neutra en 2050 y un objetivo de reducción neta de emisiones de “al menos el 55%” para 2030.
“La UE está firmemente comprometida con convertirse en climáticamente neutra para 2050 y hoy podemos estar orgullosos de haber escrito en piedra un ambicioso objetivo climático que puede obtener el apoyo de todos”, afirmó en un comunicado el ministro portugués de Medio Ambiente y Acción Climática, João Pedro Matos Fernandes, cuyo país ostenta la presidencia de turno de la UE.
Y destacó que con este acuerdo los Veintisiete envían “una señal contundente al mundo, justo antes de la Cumbre Climática” virtual convocada para este jueves por el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, al tiempo que allanan el camino para que la Comisión proponga su paquete climático “en junio”.
“Nuestro compromiso político de convertirnos en el primer continente climáticamente neutro para 2050 es ahora también un compromiso legal”, manifestó en otro comunicado la presidenta del Ejecutivo comunitario, Ursula von der Leyen, al subrayar que La Ley del Clima sitúa a la UE “en la senda verde durante una generación”.
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Este “ambicioso acuerdo”, que supone un “momento histórico” para la UE, al plasmar el objetivo de neutralidad climática en una “legislación vinculante” dará forma a la recuperación ecológica de la UE y garantizará una transición ecológica socialmente justa, destacó, por su parte, el vicepresidente encargado del Pacto Verde, Frans Timmermans.
La Comisión Europea y el Consejo reclamaban que la reducción fuese de “al menos el 55 %”, como finalmente se ha acordado, mientras que la Eurocámara exigía que se llegase hasta el 60%, en línea con el mínimo que piden también las organizaciones ecologistas. Los negociadores por parte de la Eurocámara ofrecerán una conferencia de prensa en las próximas horas.
Según el comunicado del Consejo, con respecto a la meta 2030, los negociadores coincidieron en la necesidad de dar prioridad a las reducciones de emisiones sobre las absorciones de CO2.
Con el fin de garantizar que se desplieguen esfuerzos suficientes para reducir y prevenir las emisiones hasta 2030, introdujeron “un límite de 225 millones de toneladas equivalentes de CO2 a la contribución de las absorciones al objetivo neto”, y acordaron que la Unión tendrá como objetivo lograr un mayor volumen de sumidero neto de carbono para 2030.
Además, se creará un Consejo Asesor Científico Europeo sobre Cambio Climático, compuesto por 15 expertos científicos de alto nivel de diferentes nacionalidades con no más de 2 miembros con la nacionalidad del mismo Estado miembro por un mandato de cuatro años.
Esta junta independiente se encargará de proporcionar asesoramiento científico e informar sobre las medidas de la UE, los objetivos climáticos y los presupuestos indicativos de gases de efecto invernadero y su coherencia con la legislación climática europea y los compromisos internacionales de la UE en virtud del Acuerdo de París.
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La Comisión tendrá que proponer un objetivo climático intermedio para 2040, si corresponde, a más tardar dentro de los seis meses posteriores al primer balance global realizado en el marco del Acuerdo de París.
Al mismo tiempo, publicará un presupuesto indicativo proyectado de la Unión sobre gases de efecto invernadero para el período 2030-2050, junto con su metodología subyacente.
Ese presupuesto se define como “el volumen total indicativo de emisiones netas de gases de efecto invernadero (expresadas como CO2 equivalente y proporcionando información separada sobre emisiones y absorciones) que se espera emitir en ese período sin poner en riesgo los compromisos de la Unión en virtud del Acuerdo de París”.
Los negociadores también acordaron que la Comisión colaboraría con los sectores de la economía que optaran por preparar hojas de ruta voluntarias indicativas para lograr el objetivo de neutralidad climática de la Unión para 2050.
La Comisión supervisaría el desarrollo de dichas hojas de ruta, facilitaría el diálogo a nivel de la UE y compartiría mejores prácticas entre las partes interesadas relevantes.
El acuerdo político provisional está sujeto a la aprobación del Consejo y el Parlamento, antes de pasar por las etapas formales del procedimiento de adopción.
Este texto apareció originalmente en EfeVerde, puedes ver el original aquí.
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