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Chile está listo para otorgar derechos a la naturaleza en su constitución y podría convertirse en los próximos días en el segundo país de este tipo en el mundo además de Ecuador, según un comunicado.
El 25 de marzo de 2022, el pleno de la Convención Constituyente de Chile aprobó formalmente los Derechos de la Naturaleza dentro de su propuesta de texto constitucional, según el comunicado de Earth Law Center (ELC) y Defensa Ambiental, dos organizaciones sin fines de lucro con sede en el hemisferio occidental.
El pueblo chileno votará ahora sobre la versión final, se lee en el comunicado.
ELC y Defensa Ambiental, junto con muchos movimientos sociales en Chile, han trabajado partes del texto constitucional. Las dos organizaciones sin fines de lucro habían organizado una campaña conocida como 15,000 Corazones por la Tierra: por el reconocimiento y la defensa de los derechos de la naturaleza.
El objetivo de la campaña era lograr que su propuesta sobre los Derechos de la Naturaleza y otros principios ambientales fuera aceptada dentro de la Constitución de Chile.
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Las dos organizaciones recibieron las 15,000 firmas necesarias para su propuesta en febrero de este año.
Dos artículos reflejan elementos de las propuestas de ELC y Defensa Ambiental, se lee en el comunicado. Uno es el Artículo 4 sobre los Derechos de la Naturaleza. Se lee:
La naturaleza tiene derecho a que se proteja y respete su existencia, a la regeneración, al mantenimiento y restauración de sus funciones y equilibrios dinámicos, que incluye los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad. El Estado a través de sus instituciones debe garantizar y promover los Derechos de la Naturaleza determinados por la constitución y las leyes.
El otro es el Artículo 26 sobre varios principios centrados en la Tierra. Se lee:
Estos son principios para la protección de la naturaleza y el medio ambiente e incluyen, como mínimo, los principios de progresividad, precaución, prevención, justicia ambiental, solidaridad intergeneracional, responsabilidad y acción climática justa.
Otras propuestas relacionadas con el medio ambiente incluyen:
Artículo 1: Crisis climática y ecológica. Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación y mitigación de los riesgos, vulnerabilidades y efectos ocasionados por la crisis climática y ecológica.
Artículo 2: Animales. Los animales están sujetos a una protección especial. El Estado los protegerá, reconociendo su sentimiento y el derecho a vivir una vida libre de abusos. El estado y sus dependencias promoverán una educación basada en la empatía y el respeto por los animales.
Artículo 23 B: El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sustente adecuadamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción.
Artículo 33: Democracia ambiental. Se reconoce el derecho de participación para informar en materia ambiental. Los mecanismos de participación serán determinados por la ley. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información ambiental que se encuentre en poder o custodia del Estado. Los particulares deberán facilitar la información ambiental relacionada con una actividad en los términos que establezca la ley
Chile eligió al centroizquierdista Gabriel Boric como su presidente número 36 el 19 de diciembre de 2021. Boric derrotó a José Antonio Kast en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, obteniendo el 55.9% de los votos. Boric es el presidente más joven de Chile y el segundo líder estatal más joven del mundo.
Este texto apareció originalmente en Down To Earth, puedes ver el original en inglés aquí.
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